Jubilación del 82%: el 16 de julio CONADU se reúne con los titulares de las comisiones de Educación, Presupuesto y Previsión de la Cámara de Diputados de la Nación
La conducción de la Federación estará presente en un encuentro cuyo objetivo central es defender la iniciativa que ya cuenta con media sanción del Senado Nacional. Para CONADU es de suma importancia la discusión del proyecto, pues significa acortar los tiempos para que la propuesta, que para su elaboración recibió aportes de la propia Federación, sea enviado a la sala de sesiones con despacho favorable de las comisiónes.
El próximo miércoles 16 de julio la Federación Nacional de Docentes Universitarios (CONADU) participará de un encuentro organizado por las comisiones de «Presupuesto y Hacienda», «Educación» y «Previsión y Seguridad Social» de la Cámara de Diputados de la Nación, en el que la conducción de la Federación defenderá el proyecto de Ley de Jubilación del 82% que ya cuenta, desde fines del año 2007, con media sanción del Senado Nacional.
El encuentro será encabezado por la Dra. Adriana Puiggros, Presidenta de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados de la Nación, Juan Carlos Diaz Roig, titular de la Comisión de Previsión, y Walter Agosto, Presidente de la Comisión de Presupuesto. Mientras que en representación de CONADU estarán presentes Carlos De Feo, Secretario General, Pedro Sanllortenti, Secretario Adjunto, y Yamile Socolovsky, Coordinadora del Instituto de Estudios y Capacitación de CONADU.
Para su implementación la iniciativa, que alcanza a la totalidad de los docentes del sistema universitario sin distinción de cargo y dedicación, deberá salir de las comisiones con despacho favorable y ser aprobada en el recinto de la Cámara de Diputados de la Nación.
El proyecto fue firmado en agosto del año 2007 por el ex Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, y sostiene en su articulado lo siguiente: «Art. 1.- Ampliase al personal docente de las universidades nacionales, no comprendidos en el régimen de la ley Nº 22.929, el beneficio instituido en la Ley Nº 24.016, incluido el otorgado por el Decreto Nº 137/05, con las mismas modalidades de implementación.»
Ello implica que el conjunto de los docentes universitarios tendrá derecho a cobrar, al jubilarse, el 82 % de su salario en actividad. Con lo cual, de aprobarse el proyecto impulsado por CONADU, «el haber mensual de las jubilaciones ordinarias y por invalidez del personal docente, será equivalente al 82% por ciento del promedio actualizado de la remuneración mensual del cargo u horas correspondientes a los últimos sesenta meses»
En el caso de los investigadores con dedicación exclusiva, afectados al régimen de jubilación especial del 85% (Ley 29.229), podrán optar por a este régimen que – con un haber escasamente menor – les permite jubilarse a los 57 años a las mujeres y a los 60 a los varones (frente al mínimo obligatorio de 60 años para las mujeres y 65 para los varones en el régimen que corresponde a la Ley 22.929 y al régimen general).
Si bien para CONADU la probación de este proyecto involucra un importante avance en materia de reivindicaciones docentes, su conducción entiende que este proceso concluirá cuando definitivamente sea reconocida la «movilidad de los haberes jubilatorios», que actualmente permanece regulada por la llamada Ley de «solidaridad provisional», impulsada por Domingo Cavallo cuando era Ministro de Economía.
La vigencia de la ley, diseñada por Cavallo, mantiene suspendida la vinculación directa entre los haberes de los trabajadores activos y los de los pasivos y condiciona la movilidad a la asignación de partidas específicas en la Ley de Presupuesto Nacional.
El reconocimiento de la movilidad de las jubilaciones sólo fue reconocida por los distintos fallos resueltos por la Corte suprema de Justicia en los últimos años, atendiendo al reclamo puntual de quienes iniciaron el camino de la demanda judicial.
Secretaría de Prensa CONADU